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 Hemos publicado un protocolo  de atención sanitaria , donde intentamos dar respuesta a las dudas que plantea la atención sanitaria de nuestros hijos durante su estancia en el colegio.

La Resolución de 1 de septiembre de 2016   De la consellería de educación en colaboración con la consellería de sanidad han dictado unas normas de la atención sanitaria en centros educativos.

Para solicitar cualquier tipo de atención médica durante el horario escolar deben leer el siguiente documento y presentar la documentación solicitada.

Protocolo de atención sanitaria .

Ya está al cobro el seguro escolar de accidentes para el curso 2.018-19.

La cuota para este curso es de 20 €

Deben pedir el impreso de renovación al tutor/a del alumno/a y pasar a pagarlo en la papelería antes del próximo 15 de septiembre.

Aquí pueden ver un extracto de las coberturas de póliza de accidentes del alumnado con la compañía AXA .

NORMAS EN CASO DE ACCIDENTE.

Adjuntamos el protocolo de actuación en caso de accidente.  Asistencia sanitaria en el colegio.

RESUMEN DE COBERTURAS

  • La rotura de gafas solo está incluida cuando ha sido consecuencia de un accidente escolar con atención médica y no por una caída de las gafas o golpe fortuito .

 

PUBLICADA LA CONVOCATORIA DE BECAS DE COMEDOR DE LA CONSELLERÍA PARA EL CURSO 2.018-19 .

Los alumnos que el curso pasado presentaron la solicitud de ayudas de comedor, han de solicitar el borrador de la beca en la Secretaría del centro.

Solicitudes. Forma y plazo de presentación

Alumnado que en el curso 2017/2018 ya solicitó la ayuda para el comedor escolar:

Desde el 15 de junio, los padres, madres o tutores del alumnado,podrán solicitar en el centro educativo donde esté matriculado un borrador de solicitud de ayuda para el comedor escolar, donde constan pregrabados los datos que ye presentaron el curso pasado.

Una vez consultado el borrador se pueden dar las siguientes situaciones:

  • Si los solicitantes de la ayuda están conformes con los datos facilitados:
    • Deberán firmar el borrador y presentarlo en el centro donde estarán matriculados durante el curso 2017/2018. En estos casos, no habrá que aportar ninguna documentación justificativa.
  • Si en los datos de la unidad familiar falta algún alumno o la información es errónea en algún alumno.
    • Se presentará una nueva solicitud solo para este alumno/a, cumplimentando el anexo I y adjuntando la documentación acreditativa.
  • Que los datos sean erróneos o que no hayamos presentado solicitud el curso pasado.
    • El impreso de solicitud anexo I.
    • Fotocopia del DNI/ NIF/ PASAPORTE/ NIE de las personas solicitantes (padres, tutores o similares).
    • La documentación, detallada en apartados anteriores, que sea necesaria para acreditar la composición de la unidad familiar, la renta familiar y  datos sociofamiliares .La solicitud de ayuda se realizará presentando en el centro donde estará matriculado el alumnado durante el curso 2017/2018 la siguiente documentación :
  • Miembros computables de la unidad familiar :

    • Son miembros computables de la unidad familiar, siempre que convivan en el domicilio familiar:
      1. La persona o personas progenitoras o representantes legales.
      2. El alumno o la alumna.
      3. Hermanos/hermanas menores de 26 años o mayores de esta edad cuando se trate de personas con diversidad funcional con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que convivan en el mismo domicilio y siempre que no perciban ningún tipo de ingreso.
    • La justificación documental de los miembros de la unidad familiar se efectuará por medio de la presentación de la copia compulsada del libro de familia , o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento, o certificado de empadronamiento colectivo actualizado a fecha de presentación de solicitudes en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar que conviven con el alumno/a.
    • En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable el que no conviva con la persona solicitante de la ayuda.
      Sin embargo, y esto se aplicará también en relación con la viudedad del padre o de la madre, sí que tendrá la consideración de miembro computable, si es el caso, el nuevo cónyuge o persona unida por una relación análoga, aunque no se encuentre legalizada su situación como pareja de hecho, la renta de la cual se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar. Esta circunstancia quedará acreditada con la aportación de la documentación indicada en el apartado anterior.
    • En el caso de custodia compartida, se considerarán miembros de la unidad familiar aquellos que convivan en el domicilio en que se encuentre empadronado el alumnado; a tal efecto deberá presentarse el acuerdo o la resolución por los cuales se establecen el régimen de custodia compartida y un certificado de empadronamiento.
    • Acreditación de las circunstancias sociofamiliares:

      • La acreditación de la situación de desocupación o paro laboral del padre y de la madre y/o de los tutores, sin prestaciones, la realizará de oficio esta administración.
      • La condición de persona refugiada se acreditará por medio de la presentación de copia compulsada de la documentación facilitada por el Ministerio del Interior.
      • En el caso de la circunstancia «familia monoparental», esta condición deberá quedar fehacientemente acreditada por medio del título de familia monoparental, de acuerdo con lo que establece la normativa
        en vigor, por la cual se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana. En el caso de no disponer de este título, se acreditará la situación de monoparentalidad mediante la aportación de la siguiente documentación dependiendo de cada circunstancia:

        1.  Viudedad: libro de familia y certificado de defunción de alguno de los cónyuges.
        2. Separación o divorcio: libro de familia y sentencia judicial firme de separación o divorcio (o convenio regulador en el caso de parejas de hecho), donde constará acreditada la obligación legal de pagar la pensión alimentaria, y el régimen de convivencia de la descendencia.
        3. Familias de madre/padre soltera/o: libro de familia.
      • En los tres casos señalados además se habrá de aportar certificado municipal de convivencia, o en su defecto, informe de los servicios sociales o certificado de empadronamiento colectivo. Dado que la convivencia de la madre o el padre solteros, separados, divorciados o viudos, con otra persona con la que mantengan una relación de afectividad, aunque esta no esté regularizada, excluye la condición de familia monoparental y, en consecuencia, los beneficios atribuidos a la misma.
      • La condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa se acreditará por medio del certificado del director o directora del centro penitenciario o del certificado acreditativo expedido por un médico o médica
        especialista. La puntuación prevista se aplicará por cada circunstancia concurrente y por cada miembro de la unidad familiar respecto al cual se acredite.
      • Para acreditar la condición de familia numerosa se procederá de la siguiente forma:
        a) Títulos de familia numerosa emitidos en la Comunitat Valenciana: se acreditará de oficio por el órgano competente, sin necesidad de presentar documentación.
        b) Títulos de familia numerosa emitidos fuera de la Comunitat Valenciana: deberá aportarse título o carné de familia numerosa en vigor, o el libro de familia.
        c) Títulos de familia numerosa en proceso de renovación: deberá aportarse la copia de la solicitud de renovación debidamente presentada ante la Administración competente, o el título temporal de familia numerosa expedido por la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia de residencia.
      • La diversidad funcional del alumnado, de sus hermanos/as, del padre, de la madre o de sus tutores se acreditará mediante el correspondiente certificado de reconocimiento de grado de discapacidad o de la correspondiente tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad emitidos por la consellería competente en materia de bienestar social. También podrá acreditarse por medio de los documentos siguientes:
        1. Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)en que se reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran discapacidad.
        2. Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa en que se reconozca una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
      • La orfandad absoluta se acreditará por medio del libro de familia o de un certificado del Registro Civil.

 

 La documentación deberá ser el original o una copia compulsada por el personal receptor.

 

En el supuesto de que los alumnos que forman parte de la misma unidad familiar estén escolarizados en el curso 2018-19 en un único centro, se presentará una única solicitud.

Si están escolarizados en varios centros, se presentará una solicitud por cada centro.

 

Plazo de presentación:

  • Infantil y Primaria : del 15 al 2 de julio.
  • E.S.O. :del 15 de junio al  26 de julio.

Horario:

Información legal


            

calendario  La Consellería ha publicado RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2018, de la Dirección General de Centros y Personal Docente, por la que se fija el calendario escolar del curso académico 2018-2019

En ella se fija el inicio y final de las clases, las vacaciones y los festivos.

INICIO-FINAL DE CURSO:

  • Infantil / Primaria: 10 de septiembre de 2018  –   20 junio de 2019.
  • E.S.O.:10 de septiembre de 2018  –   18 junio de 2019.

VACACIONES:

  • Vacaciones de Navidad: desde el 24 de diciembre de 2018 al 6 de enero de 2019, ambos inclusive.
  • Vacaciones de Pascua: desde el 18 de abril al 29 de abril de 2019, ambos inclusive.

FESTIVOS:

  • 9 de octubre, Día de la Comunitat Valenciana.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Fiesta de Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución.
  • 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción.
  • 19 de marzo, San José.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

FESTIVOS LOCALES:

  • 3 Días elegidos por el consejo escolar municipal.
    • 8 de octubre.
    • 10 de diciembre.
    • 18 de marzo

Aquellos alumnos que deseen matricularse en un centro para cursar la FP básica o estudios profesionales de Grado Medio pueden acceder a la siguiente web de Consellería para obtener toda la información y documentación necesaria

ADMISIÓN ALUMNADO Curso 2.018-19

  • La Consellería con fecha  18 de abril de 2016 publicó el DECRETO  de admisión., y con fecha 21 de abril la ORDEN que desarrolla el Decreto de admisión donde  podemos encontrar :
    • Documentación necesaria para justificar los criterios de baremación.
    • Impreso de solicitud.
      • Educación infantil , 1º y 2º de Primaria.
      • 3º,4º,5º y 6º  de Educación primaria y E.S.O.
    • Impreso criterio renta unidad familiar
  • El 28 de marzo de 2.018 ha sido publicada la Resolución que indica el calendario y procedimiento para la admisión de nuevos alumnos
  • Si desean tener más información pueden acceder a la web de la Consellería.
Las solicitudes se presentarán en el colegio en horario escolar.

Presentar UNA sola INSTANCIA en la secretaría del colegio "LA FONTAINE" .
La presentación de instancias en más de un colegio le supondrá la pérdida del derecho de baremación y se le asignará plaza al final del proceso entre los centros que aún tengan vacantes.

RELACIÓN DE VACANTES OFERTADAS POR CURSOS.

Listado de vacantes

FECHAS DE PRESENTACIÓN DE LA PREINSCRIPCIÓN.

INFANTIL Y PRIMARIA

  • Del 17 al 24 de mayo.

E.S.O.

  • Del 17 al 28 de mayo.

DOCUMENTACIÓN

La documentación a presentar para formalizar la preinscripción será :

OBLIGATORIA:

Es la documentación mínima exigida para admitir una solicitud:

  1. Impreso de solicitud. (Firmada por ambos tutores)
  2. D.N.I.-N.I.E. o pasaporte de ambos progenitores
  3. Libro de familia o partida de nacimiento : hoja de los titulares y hoja del alumno.
OPTATIVA:

Es la documentación que acredita los criterios de baremación ( para adquirir puntuación)

Solicitud de plaza sin vacantes:

Si solicitamos plaza en curso que no existen vacantes ,debemos firma el impreso que nos notifica que somos conocedores de esta circunstancia.

Hermanos o hermanas:

Fotocopia del Libro de familia de todos los hermanos.

Además, la consideración de hijos e hijas y hermanos o hermanas:
a) Los niños y niñas en régimen de acogimiento familiar.
b) Los que, no compartiendo progenitores, residan en el mismo domicilio y exista vínculo matrimonial, pareja de hecho o vínculo asimilado a efectos legales, entre los progenitores de ambos.

Cuando la madre del alumno o alumna se encuentre en estado de gestación, los no nacidos se computarán como miembros de la unidad familiar.

Si los apellidos no fuesen coincidentes se acreditará la relación mediante el libro de familia, certificado del registro civil o sentencia por la que se adjudique la tutela.

Domicilio:

El domicilio familiar se acreditará mediante la presentación del DNI del padre, madre o tutor y de un recibo reciente de agua, luz o teléfono o contrato de alquiler.
Si existiera discrepancia entre los domicilios que figuren en los cita dos documentos se podrá requerir un certificado de residencia librado por el ayuntamiento.
En caso de custodia compartida acordada judicialmente, se considerará domicilio familiar aquel en el que esté empadronado el alumno o alumna.

En el caso de que se presente un contrato de alquiler, deberá acreditarse que se ha efectuado el correspondiente depósito de fianza (modelo 805 o 806) en la conselleria competente en materia de hacienda.

El lugar de trabajo del padre, de la madre o del tutor podrá ser considerado, a instancia del solicitante, con los mismos efectos que el domicilio familiar. Para la justificación de esta circunstancia, los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena aportarán certificado emitido por la empresa en el que acredite suficientemente la relación laboral y domicilio del centro de trabajo.Los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia, lo acreditarán aportando la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036 o 037).

Cuando por causa debidamente acreditada, los progenitores o tutores vivan en domicilios distintos, se considerará como domicilio familiar del alumno o de la alumna el de la persona que tenga atribuida la custodia legal del mismo. En los casos en los que se haya acordado la custodia compartida del alumno o de la alumna, se valorará el domicilio en el que esté empadronado o empadronada.

Familia numerosa:

La condición de miembro de familia numerosa se acreditará aportando el título oficial de familia numerosa.

Asimismo, a la hora valorar la puntuación correspondiente a la situación que da derecho a la obtención de una puntuación idéntica a la asignada a la familia numerosa, en su caso, se asignará al alumno la puntuación correspondiente si, sumando los hijos nacidos y los que se hallen en estado de gestación, se reúnen las condiciones establecidas para dicha situación.

Familia monoparental:

La condición de miembro de familia monoparental se acreditará aportando el título de familia monoparental expedido por la consellería competente en materia de familia.

Renta de la unidad familiar:

Para la obtención de la puntuación por el concepto renta anual de la unidad familiar, será requisito imprescindible cumplimentar los datos que figuran en el Impreso criterio de renta de la unidad familiar.

A tal efecto todos los miembros de la unidad familiar mayores de16 años autorizarán dicha comprobación con su firma en el documento .

En caso de que se opte por no aportar el citado anexo no se valorará este criterio. Tampoco se valorará este criterio si un miembro de la unidad familiar, mayor de 16 años, no firma el citado anexo.

Se considerará unidad familiar la formada por los cónyuges y los hijos o hijas menores de 18 años, así como los mayores de esta edad y menores de 26 años que convivan en el domicilio familiar y no perciban ningún tipo de ingresos.

Desempates:

Los empates que, en su caso, se produzcan se dirimirán aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los criterios siguientes:

  1. Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro.
  2. Padre, madre o tutores legales trabajadores en el centro docente.
  3. Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales.
  4. Renta per cápita de la unidad familiar.
  5. Condición legal de familia numerosa.
  6. Concurrencia de discapacidad en el alumnado, en sus padres, madres, tutores, hermanos o hermanas.
  7. Familia monoparental.
  8. Expediente académico, solo en enseñanzas postobligatorias.
  9. Sorteo efectuado por la conselleria competente en materia de educación en el que se elija la letra a partir de la cual se asignarán las plazas.

Para este curso 2018-19 la letra de prioridad según sorteo realizado en la Consellería de Educación es la letra U

TABLON DE ANUNCIOS

Legislación sobre admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos publicos:

P.E.C (Proyecto educativo de LA FONTAINE)

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

DESARROLLO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y DEL R.R.I.

CARÁCTER PROPIO DEL CENTRO

Conforme al artículo 115 del la Ley 2/2006 LOE por el cual el titular del centro puede establecer el carácter propio del centro, el cual se expresa en los siguientes términos:
El colegio “LA FONTAINE” es un centro de titularidad privada inspirado en:

a)Una concepción del hombre dentro del humanismo cristiano.
b)Promoción de la Lengua Española o Castellano como lengua vehicular de uso y docencia.

CALENDARIO COMPLETO DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS

CRITERIOS DE BAREMACIÓN

baremación

DOMICILIO-ÁREA DE INFLUENCIA.

El Colegio «La Fontaine » está situado dentro del distrito nº 3 .Este distrito está delimitado, por la carretera de LLiria, calle Santiago García, Mercadona de la estación y parque de L’Eixereta.

distritosburjasotPlano de los distritos escolares de Burjasot

Se puntuará con :

  • 10 puntos:
    • Alumnos cuyo domicilio se encuentre dentro del distrito de nuestro centro.

planoburjasotfull

  • 5 puntos:
    • Alumnos cuyo domicilio se encuentre en:
      • Dentro de los dos distritos restantes de Burjasot :Distrito 1 y Distrito 2
      • El distrito colindante de Godella .
      • El distrito colindante de Paterna